Busca incentivar el uso de chip eletrónico en tarjetas de crédito
Romina Román Pineda / El Universal
El Banco de México (Banxico) emitirá nuevas disposiciones para tarjetas de crédito. Las reglas buscan incentivar el uso del chip en los plásticos y delimitar las responsabilidades de los clientes y emisoras en caso de robo o extravío de la tarjeta.
Sin embargo, en el proyecto, el Banxico “libera” a los bancos y empresas emisoras de tarjetas de toda culpabilidad ante un fraude o robo, si el plástico cuenta ya con el nuevo chip.
Es decir, si se comete una clonación o compras indebidas con una tarjeta con chip, el cliente asumirá el costo.
“Si la operación se autorizó mediante procedimientos criptográficos con un microcircuito integrado (chip) y con el NIP del cliente en la terminal punto de venta, no habrá responsabilidad alguna por parte de la emisora”, puntualizaron las reglas cuya copia obtuvo EL UNIVERSAL.
Al respecto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), consideró que en caso de un fraude con una tarjeta con chip, también se debe deslindar a los clientes, tal y como ocurre en Europa.
La dependencia consideró que ante un cargo indebido o fraude, los comercios deberán asumir los costos de remuneración, “porque de lo contrario, los tarjetahabientes quedarán desprotegidos”.
En las disposiciones se precisó que si se trata de transacciones que se realicen durante las 72 horas previas al aviso de robo y el cliente no reconozca como propias “no estará obligado a cubrir el importe, cuando demuestre de manera fehaciente que no autorizó la operación”.
Tampoco deberá cubrir el saldo si las transacciones se efectuaron mediante la suscripción de pagarés u otros documentos, así como papeles autorizados a través del uso de dispositivos ópticos que produzcan la imagen digitalizada de la firma.
La emisora deberá asumir el importe cuando se excedan 150 Unidades de Inversión (UDIS). En la actualidad cada UDI tiene un costo de 4.4289 pesos.
La Condusef puntualizó que otro de los elementos relevantes de las reglas del Banco de México es que si una persona hace una compra por internet, ésta se debe entregar sólo en el domicilio que aparece en la tarjeta.
En caso de robo o pérdida
La circular emitida por Banco de México determinó un procedimiento específico para casos de robo o extravío de la tarjeta.
Y una vez que el cliente tenga conocimiento del robo, extravío o uso indebido de la información en los plásticos, deberá dar aviso a la emisora de inmediato.
En todos los casos, la institución deberá proporcionar al usuario el número de referencia del aviso, debiendo conservar constancia de la fecha y hora en que éste se efectuó.
A partir de éste, la institución deberá bloquear la tarjeta, por lo que el titular, sus obligados solidarios y subsidiarios, no serán responsables de los cargos que se efectúen en la cuenta con posterioridad al aviso.
La entidad deberá informar al titular, a través de su página electrónica en internet, del documento que adjunte al contrato o del estado de cuenta, el alcance de su responsabilidad por transacciones registradas antes de la notificación de robo
Romina Román Pineda / El Universal
El Banco de México (Banxico) emitirá nuevas disposiciones para tarjetas de crédito. Las reglas buscan incentivar el uso del chip en los plásticos y delimitar las responsabilidades de los clientes y emisoras en caso de robo o extravío de la tarjeta.
Sin embargo, en el proyecto, el Banxico “libera” a los bancos y empresas emisoras de tarjetas de toda culpabilidad ante un fraude o robo, si el plástico cuenta ya con el nuevo chip.
Es decir, si se comete una clonación o compras indebidas con una tarjeta con chip, el cliente asumirá el costo.
“Si la operación se autorizó mediante procedimientos criptográficos con un microcircuito integrado (chip) y con el NIP del cliente en la terminal punto de venta, no habrá responsabilidad alguna por parte de la emisora”, puntualizaron las reglas cuya copia obtuvo EL UNIVERSAL.
Al respecto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), consideró que en caso de un fraude con una tarjeta con chip, también se debe deslindar a los clientes, tal y como ocurre en Europa.
La dependencia consideró que ante un cargo indebido o fraude, los comercios deberán asumir los costos de remuneración, “porque de lo contrario, los tarjetahabientes quedarán desprotegidos”.
En las disposiciones se precisó que si se trata de transacciones que se realicen durante las 72 horas previas al aviso de robo y el cliente no reconozca como propias “no estará obligado a cubrir el importe, cuando demuestre de manera fehaciente que no autorizó la operación”.
Tampoco deberá cubrir el saldo si las transacciones se efectuaron mediante la suscripción de pagarés u otros documentos, así como papeles autorizados a través del uso de dispositivos ópticos que produzcan la imagen digitalizada de la firma.
La emisora deberá asumir el importe cuando se excedan 150 Unidades de Inversión (UDIS). En la actualidad cada UDI tiene un costo de 4.4289 pesos.
La Condusef puntualizó que otro de los elementos relevantes de las reglas del Banco de México es que si una persona hace una compra por internet, ésta se debe entregar sólo en el domicilio que aparece en la tarjeta.
En caso de robo o pérdida
La circular emitida por Banco de México determinó un procedimiento específico para casos de robo o extravío de la tarjeta.
Y una vez que el cliente tenga conocimiento del robo, extravío o uso indebido de la información en los plásticos, deberá dar aviso a la emisora de inmediato.
En todos los casos, la institución deberá proporcionar al usuario el número de referencia del aviso, debiendo conservar constancia de la fecha y hora en que éste se efectuó.
A partir de éste, la institución deberá bloquear la tarjeta, por lo que el titular, sus obligados solidarios y subsidiarios, no serán responsables de los cargos que se efectúen en la cuenta con posterioridad al aviso.
La entidad deberá informar al titular, a través de su página electrónica en internet, del documento que adjunte al contrato o del estado de cuenta, el alcance de su responsabilidad por transacciones registradas antes de la notificación de robo
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