El Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación confirmó la resolución del IFE mediante la cual se consideró como propaganda gubernamental un mensaje transmitido el pasado 15 de junio en cadena nacional por parte del presidente Felipe Calderón en materia de seguridad, mientras se desarrollaban las campañas electorales en los estados, y con lo cual -se dijo- transgredió el Artículo 41 de la Constitución.
En la sesión pública se argumentó que en su contenido hubo propaganda gubernamental, y que no encuadró en alguna de las excepciones que se prevén en la Constitución para que los mensajes puedan ser emitidos en procesos electorales, como los de salud, educación, protección civil o casos de emergencia.
Al resolver este caso inédito relacionado con las cadenas nacionales a las que tiene acceso un Presidente de la República como facultad, se especificó en el Tribunal que la cadena nacional no es violatoria de la ley electoral, siempre y cuando no sea propaganda.
Y es que se puntualizó que en el mensaje presidencial del 15 de junio se utilizaron frases como: “Para ello organizamos el Programa Escuela Segura que se aplica en casi todas las escuelas públicas del país” y “Estamos debilitando de manera contundente al crimen organizado, le hemos propinado golpes importantes a todos los cárteles, sin excepción”. Dichas frases se consideraron “referencias concretas” a acciones y logros de gobierno.
“Al Presidente de la República no se le limita o prohíbe el deber de informar al pueblo de México sobre hechos trascendentes, y (...) cuenta para ello con diversos medios para comunicarse directamente con la población, incluso durante las campañas electorales o, si fuera el caso, durante la misma jornada electoral.
“Sin embargo, su mensaje no debe incluir elementos de propaganda electoral, como son la difusión de programas, acciones o logros de gobierno que no encuadren en las excepciones que la Constitución establece”, argumentó la presidenta del Tribunal, María del Carmen Alanís, y autora del proyecto de resolución.
Las quejas, fundadas
En este mismo caso, el Tribunal consideró fundadas las quejas relacionadas con otros dos mensajes presidenciales, el 30 de junio sobre medidas administrativas en materia de simplificación tributaria, y el 1 de julio sobre empleos registrados.
Asimismo, en la sesión los magistrados confirmaron un acuerdo del IFE por el cual se estipuló que las credenciales denominadas 03 perderán su vigencia como medio de identificación en el 2011.
CREDITO:
Mauricio Rubí / El Economista
En la sesión pública se argumentó que en su contenido hubo propaganda gubernamental, y que no encuadró en alguna de las excepciones que se prevén en la Constitución para que los mensajes puedan ser emitidos en procesos electorales, como los de salud, educación, protección civil o casos de emergencia.
Al resolver este caso inédito relacionado con las cadenas nacionales a las que tiene acceso un Presidente de la República como facultad, se especificó en el Tribunal que la cadena nacional no es violatoria de la ley electoral, siempre y cuando no sea propaganda.
Y es que se puntualizó que en el mensaje presidencial del 15 de junio se utilizaron frases como: “Para ello organizamos el Programa Escuela Segura que se aplica en casi todas las escuelas públicas del país” y “Estamos debilitando de manera contundente al crimen organizado, le hemos propinado golpes importantes a todos los cárteles, sin excepción”. Dichas frases se consideraron “referencias concretas” a acciones y logros de gobierno.
“Al Presidente de la República no se le limita o prohíbe el deber de informar al pueblo de México sobre hechos trascendentes, y (...) cuenta para ello con diversos medios para comunicarse directamente con la población, incluso durante las campañas electorales o, si fuera el caso, durante la misma jornada electoral.
“Sin embargo, su mensaje no debe incluir elementos de propaganda electoral, como son la difusión de programas, acciones o logros de gobierno que no encuadren en las excepciones que la Constitución establece”, argumentó la presidenta del Tribunal, María del Carmen Alanís, y autora del proyecto de resolución.
Las quejas, fundadas
En este mismo caso, el Tribunal consideró fundadas las quejas relacionadas con otros dos mensajes presidenciales, el 30 de junio sobre medidas administrativas en materia de simplificación tributaria, y el 1 de julio sobre empleos registrados.
Asimismo, en la sesión los magistrados confirmaron un acuerdo del IFE por el cual se estipuló que las credenciales denominadas 03 perderán su vigencia como medio de identificación en el 2011.
CREDITO:
Mauricio Rubí / El Economista
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