miércoles, 16 de diciembre de 2009

SE AFECTARÁ LA RECAUDACIÓN POR CONSOLIDACIÓN

Debido a los amparos que se generarán en contra del régimen de consolidación fiscal y la mala legislación de esta disposición, el gobierno no podrá ecaudar los 16,000 millones de pesos esperados por ese concepto, advirtió el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
En conferencia de prensa la contaduría pública organizada estimó que en 2010 es previsible que un buen número de los grupos que consolidan, interpongan este recurso legal.
El vicepresidente de estudios fiscales, Carlos Cárdenas estableció que si bien no habrá una lluvia de amparos por este concepto debido a que en México 422 grupos consolidan, el monto involucrado será importante.
Lo anterior si se toma en cuenta que en el caso del impuesto empresarial a tasa única (IETU), los amparos superaron los 30,000.
Cárdenas refirió que en nuestro país para ganar un juicio se requieren dos cosas: “tener la razón y que te la quieran dar” y es que en el historial encontramos que a los que pierden el argumento para negarles el amparo es que es improcedente.
Afortunadamente, comentó, seguimos en un estado de echo con las reformas que se hicieron a la Ley del Amparo.
LAGUNAS Y DISTORSIONES
El fiscalista dijo que la nueva disposición tiene muchas lagunas que dan lugar a múltiples interpretaciones que deberán de corregirse.
No obstante consideró que las empresas no se esperarán hasta que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publique la resolución miscelánea.
Incluso destacó que si se opta por determinar el impuesto conforme a la mecánica que se prevé en la ley para desincorporación, no es claro que se pueda aplicar la resolución para determinar el gravamen diferido.
Tampoco está bien definido los que sucede con los dividendos contables, por los cuales se difirió el pago por fusión de sociedades.
Otro laguna que detectó es que si se paga impuesto por pérdidas y posteriormente se amortiza, no existe un mecanismo de recuperación del gravamen pagado.
No se sabe, añadió, si el impuesto que se pague se podrá acreditar contra el IETU ni tampoco si se puede considerar como impuesto sobre dividendos para acreditarlo contra el gravamen a corporativos.
Otra falla es que no está claro lo que pasaría con las parcialidades del impuesto, si en el futuro el grupo se desconsolida al ya no existir declaración consolidada.
Por su parte, el vicepresidente del IMCP, Francisco Macías dijo que lo que se espera recaudar por este concepto, tendrán un efecto negativo sobre las utilidades de las empresas porque en lugar de destinarse a inversiones que generen empleo se irán a las arcas del gobierno.
Los especialistas coincidieron en señalar que las nuevas normas de información financiera que están por emitirse, impactarán a por lo menos las 80 emisoras que cotizan en la Bolsa Mexicana de Valores por el tema de la consolidación, ya que si tienen un pasivo estarán obligadas a registrarlo.
lflores@eleconomista.com.mx
FUENTE:
Leonor Flores/El Economista

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