Actualmente, un trabajador de altos ingresos tiene derecho a una pensión de 43 mil pesos; ahora su ingreso bajaría a 14 mil 488 pesos
Felipe Gazcón / Excelsior
Felipe Gazcón / Excelsior
Un trabajador podría sufrir una pérdida de hasta 66 por ciento en su pensión, en caso de que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) calcule el pago de las jubilaciones con los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), consideran fiscalistas.
De acuerdo con cálculos de Carlos de la Fuente Aguirre, socio de la práctica de Seguridad Social de Ernst and Young, la pensión máxima a la que puede aspirar un trabajador con ingresos elevados sería de 43 mil 155 pesos al mes, sin considerar la opinión de la Suprema Corte.
Si se toma en consideración el nuevo criterio, la pensión tendría un tope de 14 mil 488 pesos mensuales; quiere decir que, con el nuevo criterio de la Corte, este hipotético jubilado dejaría de percibir 28 mil 667 pesos cada 30 días, lo que representa una merma de 66 por ciento.
De la Fuente agrega que un trabajador con un ingreso diario de mil 294 pesos podría tener una pensión de 36 mil 92 pesos con el cálculo tradicional; bajo el nuevo criterio de la SCJN sólo recibiría 14 mil 488 pesos al mes, por lo que hipotéticamente perdería 60 por ciento del futuro ingreso, equivalente a 21 mil 604 pesos.
En sus cálculos, De la Fuente Aguirre considera un supuesto para a una persona que cotizó durante 33 años y medio al IMSS, con 65 años de edad, así como un promedio para las
últimas 250 semanas de cotización topado a diez salarios
mínimos.
Agrega que un empleado con un sueldo de mil 35 pesos diarios tendría derecho a una pensión mensual de 28 mil 873 pesos, pero con el nuevo criterio de la Corte sólo obtendría 14 mil 488 pesos, por lo que perdería la mitad de su ingreso.
En el caso de un trabajador con salario diario de 776.79 pesos, la pensión ordinaria sería de 21 mil 655 pesos; con el criterio dictaminado por los ministros sólo recibiría 14 mil 488 pesos al mes; quiere decir una pérdida de 33 por ciento, que equivale a siete mil 167 pesos menos.
En tanto, un empleado con un emolumento diario de 576 pesos, recibiría una pensión de 16 mil 58 pesos, con el cálculo que ahora se hace. Con el nuevo criterio aplicado por la Corte sumaría 14 mil 488 pesos, por lo que perdería diez por ciento de su poder de compra.
Debido a estas mermas, los expertos afirman que el IMSS cometería una injusticia y se provocaría una caída estrepitosa en los ingresos, en caso de que el Consejo Técnico del Seguro Social decida aplicar el criterio de la Suprema Corte de Justicia, que implicaría una afectación a las pensiones futuras de millones de mexicanos.
Criterios divergentes
Francisco Macías-Valadez Treviño, vicepresidente general del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, explicó que para las empresas ya no habría ningún incentivo para realizar aportaciones de trabajadores con ingresos superiores a los diez salarios mínimos, si dichos recursos no serán tomados en cuenta para la jubilación de las personas.
Explicó que bajo las reglas normales una persona con un ingreso de 100 mil pesos al mes, por ejemplo, recibiría una pensión máxima de 43 mil 95 pesos, porque hasta este nivel el tope de las pensiones del Seguro Social es de 25 salarios mínimos.
Añadió que, sin embargo, con el nuevo criterio de la Suprema Corte, sólo captaría 16 mil 65 pesos al mes, por lo que su pérdida sería de 27 mil pesos en el mismo periodo. Éste sería el caso más extremo.
Todos los trabajadores que recibieran una pensión menor a su salario serían quienes ganan ahora entre 11 y 25 salarios mínimos al mes, agregó.
Gustavo Rodarte de la Serna, presidente nacional del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) advirtió que si el próximo lunes el Consejo Técnico del IMSS no establece de manera clara y permanente la no aplicación de la jurisprudencia de la Corte, “entre el mismo Instituto y la SCJN provocarán una estampida de cotizantes de salarios altos.
“Las personas de sueldos elevados buscarán refugiarse en esquemas como cooperativas, seudosindicatos y otros, que para el IMEF resultan inaceptables, pero a los cuales los trabajadores muy probablemente acudirán ante la ausencia de certeza jurídica que amenaza la expectativa de lograr una vejez digna”, enfatizó Rodarte de la Serna.
Macías-Valadez expresó que es remota la posibilidad de que el Consejo Técnico del IMSS no aplique el criterio de la SCJN, ya que de hacerlo generaría un gran desencanto y frustración entre pensionados y trabajadores que están por jubilarse, quienes por muchos años hicieron aportaciones mayores a los diez salarios mínimos, en espera de una pensión mayor.
Por el contrario, el presidente del IMEF consideró que la posibilidad de que se dé es muy alta, aunque advirtió que ésta no sería una decisión adecuada.
De acuerdo con cálculos de Carlos de la Fuente Aguirre, socio de la práctica de Seguridad Social de Ernst and Young, la pensión máxima a la que puede aspirar un trabajador con ingresos elevados sería de 43 mil 155 pesos al mes, sin considerar la opinión de la Suprema Corte.
Si se toma en consideración el nuevo criterio, la pensión tendría un tope de 14 mil 488 pesos mensuales; quiere decir que, con el nuevo criterio de la Corte, este hipotético jubilado dejaría de percibir 28 mil 667 pesos cada 30 días, lo que representa una merma de 66 por ciento.
De la Fuente agrega que un trabajador con un ingreso diario de mil 294 pesos podría tener una pensión de 36 mil 92 pesos con el cálculo tradicional; bajo el nuevo criterio de la SCJN sólo recibiría 14 mil 488 pesos al mes, por lo que hipotéticamente perdería 60 por ciento del futuro ingreso, equivalente a 21 mil 604 pesos.
En sus cálculos, De la Fuente Aguirre considera un supuesto para a una persona que cotizó durante 33 años y medio al IMSS, con 65 años de edad, así como un promedio para las
últimas 250 semanas de cotización topado a diez salarios
mínimos.
Agrega que un empleado con un sueldo de mil 35 pesos diarios tendría derecho a una pensión mensual de 28 mil 873 pesos, pero con el nuevo criterio de la Corte sólo obtendría 14 mil 488 pesos, por lo que perdería la mitad de su ingreso.
En el caso de un trabajador con salario diario de 776.79 pesos, la pensión ordinaria sería de 21 mil 655 pesos; con el criterio dictaminado por los ministros sólo recibiría 14 mil 488 pesos al mes; quiere decir una pérdida de 33 por ciento, que equivale a siete mil 167 pesos menos.
En tanto, un empleado con un emolumento diario de 576 pesos, recibiría una pensión de 16 mil 58 pesos, con el cálculo que ahora se hace. Con el nuevo criterio aplicado por la Corte sumaría 14 mil 488 pesos, por lo que perdería diez por ciento de su poder de compra.
Debido a estas mermas, los expertos afirman que el IMSS cometería una injusticia y se provocaría una caída estrepitosa en los ingresos, en caso de que el Consejo Técnico del Seguro Social decida aplicar el criterio de la Suprema Corte de Justicia, que implicaría una afectación a las pensiones futuras de millones de mexicanos.
Criterios divergentes
Francisco Macías-Valadez Treviño, vicepresidente general del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, explicó que para las empresas ya no habría ningún incentivo para realizar aportaciones de trabajadores con ingresos superiores a los diez salarios mínimos, si dichos recursos no serán tomados en cuenta para la jubilación de las personas.
Explicó que bajo las reglas normales una persona con un ingreso de 100 mil pesos al mes, por ejemplo, recibiría una pensión máxima de 43 mil 95 pesos, porque hasta este nivel el tope de las pensiones del Seguro Social es de 25 salarios mínimos.
Añadió que, sin embargo, con el nuevo criterio de la Suprema Corte, sólo captaría 16 mil 65 pesos al mes, por lo que su pérdida sería de 27 mil pesos en el mismo periodo. Éste sería el caso más extremo.
Todos los trabajadores que recibieran una pensión menor a su salario serían quienes ganan ahora entre 11 y 25 salarios mínimos al mes, agregó.
Gustavo Rodarte de la Serna, presidente nacional del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) advirtió que si el próximo lunes el Consejo Técnico del IMSS no establece de manera clara y permanente la no aplicación de la jurisprudencia de la Corte, “entre el mismo Instituto y la SCJN provocarán una estampida de cotizantes de salarios altos.
“Las personas de sueldos elevados buscarán refugiarse en esquemas como cooperativas, seudosindicatos y otros, que para el IMEF resultan inaceptables, pero a los cuales los trabajadores muy probablemente acudirán ante la ausencia de certeza jurídica que amenaza la expectativa de lograr una vejez digna”, enfatizó Rodarte de la Serna.
Macías-Valadez expresó que es remota la posibilidad de que el Consejo Técnico del IMSS no aplique el criterio de la SCJN, ya que de hacerlo generaría un gran desencanto y frustración entre pensionados y trabajadores que están por jubilarse, quienes por muchos años hicieron aportaciones mayores a los diez salarios mínimos, en espera de una pensión mayor.
Por el contrario, el presidente del IMEF consideró que la posibilidad de que se dé es muy alta, aunque advirtió que ésta no sería una decisión adecuada.
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