jueves, 20 de septiembre de 2012

¿MISCELÁNEA LABORAL?

Por Ciro Murayama / El Universal
Uno de los consensos de nuestro debate público de los últimos años consiste en señalar la necesidad de una reforma laboral. En este tema el lugar común dentro de la corriente hegemónica en la opinión publicada y en los circuitos gobernantes es que urge flexibilizar el mercado de trabajo. 
Sin embargo esa propuesta, que ya es más una consigna, no se hace cargo de que la flexibilidad en la ley laboral sólo incorporaría a la norma lo que ya existe en la realidad: seis de cada 10 trabajadores subordinados se encuentran en los hechos en una situación de informalidad, que es el reino de la flexibilidad por excelencia. 
Un debate más a fondo de la normatividad laboral debería de considerar, al menos, tres elementos. 
Primero: uno de los mayores rezagos del cambio económico y político del país se ubica en el ámbito del mundo del trabajo. A diferencia de lo que ha ocurrido en el campo de la representación política y de la vida electoral, en el terreno laboral los viejos lastres de los años 70 del siglo 20, y aun antes, continúan y se han exacerbado. El más notable es la presencia extendida de contratos de protección que hacen nulos los derechos de representación colectiva y hacen de México un país sin diálogo social entre los factores productivos. El debilitamiento de la representación de los trabajadores y la reducción de la participación de los salarios en el PIB revelan que el peso de la organización de la sociedad civil directamente relacionada con el ingreso de la mayoría de la población (los sindicatos) se ha erosionado. La ausencia en la agenda pública, y por tanto política, del tema del ingreso de los trabajadores explica en parte el deterioro de las condiciones de vida y también sirve para entender la insatisfacción con la germinal democracia mexicana: el cambio político sigue sin dar resultados tangibles para el día a día de la gente. La situación del empleo no puede disociarse del tema mayor de la calidad de nuestra democracia. Una población empobrecida y con empleo precario genera una ciudadanía desafecta con la democracia. Esta es una reflexión ausente en la propuesta de reforma laboral. 
Segundo: es falso que los problemas económicos del mercado de trabajo se expliquen básicamente por la legislación laboral. El bajo crecimiento de la productividad del trabajo, el estancamiento del empleo formal, la informalidad y el desempleo crecientes no se deben en lo fundamental a la actual reglamentación, pues con estas normas también creció el empleo asalariado, mejoraron las remuneraciones y aumentó el PIB sin generar desequilibrios macroeconómicos durante décadas. Por el contrario, la contracción de la inversión como porcentaje del producto nacional, la pervivencia de una política fiscal procíclica y de una política monetaria que castiga la competitividad de los productos nacionales —por la sobrevaluación del peso— son la causa principal del pobre desempeño económico, y no hay economía estancada que genere empleo de calidad. Ergo, los problemas del mercado de trabajo se deben en su mayor parte a las insuficiencias y errores de la política económica, más que a las obsolescencias de la legislación laboral. 
Tercero: sí, hay que cambiar el marco normativo del trabajo pero a fondo. Toda reforma toca intereses y entre más profunda es la reforma mayores son los intereses que afecta. La iniciativa de reforma del Presidente no inquieta a los actores que más han lucrado con el statu quo, a saber, los titulares de los contratos de protección que chantajean a empresarios y confiscan los derechos de los trabajadores. La libertad sindical plena —por la que todo mundo en principio aboga— se conseguirá cuando haya genuinos tribunales laborales y cuando desparezca la “toma de nota”, que es la potestad fáctica del gobierno para reconocer a los sindicatos a modo. Pero la creación de un auténtico sistema de justicia laboral pasa de noche por la iniciativa que se discute en el Congreso. 
No habrá una reforma laboral de mayor calado si no se modifican los cimientos del corporativismo y de la simulación a través de las Juntas de Conciliación que permite el artículo 123 constitucional. Cambiar lo cosmético, flexibilizar lo que ya es flexible, nos llevará a inaugurar una suerte de miscelánea laboral, pero los intereses dominantes que afectan las relaciones de trabajo permanecerán intactos.

No hay comentarios:

Publicar un comentario