Por: Arturo Damm Arnal - La Razón de México
La definición correcta de inflación no es “alza general de precios” (cuando hay inflación no todos los precios suben, inclusive hay algunos que bajan, y si la hay es porque “pueden más” los que suben que los bajan), sino “aumento en el índice general de precios”, que puede ser el Índice General de Precios al Consumidor (IGPC), o el Índice General de Precios al Productor (IGPP).
El primero está relacionado con los precios de los bienes y servicios para el consumo final. El segundo con los de los factores de la producción, necesarios para producir satisfactores para el consumo final.
Dado que el consumo es la actividad económica terminal, la que da sentido a todas las demás, desde la producción de bienes y servicios hasta su compra, es que la inflación se reporta con el INPC, no con el INPP, lo cual no quiere decir que éste no tenga importancia. La tiene, de entrada, por la relación entre costo y precio. Si el precio debe alcanzar para cubrir el costo de producción, entonces el alza en el precio debe alcanzar para cubrir el alza en el costo de producción, para lo cual la inflación del productor debe ser, por lo menos, igual a la del consumidor.
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