sábado, 7 de diciembre de 2024

ACCIÓN COMUNITARIA EN OPD-IMSS-BIENESTAR

Gustavo Leal F.* - Periódico La Jornada

Para atender adecuadamente el encargo de Alejandro Svarch como director general del Organismo Público Descentralizado-IMSS-B, conviene considerar que brindar asistencia a comunidades semiurbanas-urbanas vía telefonía móvil no es acción comunitaria (AC) en salud. Tampoco lo es ubicar población con padecimientos crónicodegenerativos presumiendo que para ello se hizo trabajo “comunitario” (como publicita Salud en tu vida de la CDMX) enfocado a quienes padecen enfermedades, sin consideración alguna a la atención primaria a la salud (APS).

¿Qué hacer con la población sana y con la prevención de su salud? En pandemia atestiguamos cómo autoridades de Chiapas, Puebla, Oaxaca y Tabasco ostentaron un modelo “comunitario” para enfrentarla. En verdad aludían a las ruinas que legó el neoliberalismo del programa IMSS-Bienestar original. Gobernadores comunicaban haber “descubierto” el hilo negro en materia “comunitaria”, sorpresa que se diluyó hasta desaparecer. La APS y su correspondiente AC no volvió a mencionarse (Cfr. 2024, Sánchez, Leal, Escobar y Rivera, Seis modelos de atención en la 4T, en elaboración). La AC constituye la APS, pero no puede confundirse con la participación social. Su estatuto es diferente y mucho más profundo.

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