lunes, 9 de septiembre de 2024

JUECES ELECTOS

León Bendesky - Periódico La Jornada

El caso de Estados Unidos no es una referencia apropiada para considerar la elección de jueces federales, según la reforma al Poder Judicial que promueve el gobierno y cuya aprobación está en curso. De acuerdo con la cláusula de designaciones del artículo dos de la Constitución de aquel país, todos los jueces federales, incluyendo los de la Suprema Corte y las cortes federales inferiores creadas por el Congreso, han de ser nominados por el presidente y confirmados por el Senado.

La manera de conformar el cuerpo de los jueces es, evidentemente, un asunto de suma relevancia por el sentido mismo e inmediato de la procuración de justicia. Pero se extiende a la cuestión esencial de un sistema democrático que es el de la división de poderes.

En México, el Poder Judicial de la Federación está integrado, entre otros, por los ministros de la Suprema Corte de Justicia, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los magistrados de los tribunales de circuito y los jueces de distrito; forma parte también el Consejo de la Judicatura Federal, responsable del instituto que forma magistrados, jueces, secretarios y actuarios dentro de una carrera judicial.

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