- Con independencia de que guste o no el contenido de la reforma constitucional, las reglas jurídicas están muy claras y no le otorgan facultades a la Corte para invalidar la reforma constitucional en materia judicial.
Reforma Judicial. Su aprobación, pese al rechazo. Foto: Miguel Dimayuga Meneses
Por Ernesto Villanueva - Proceso
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) actualmente evalúa una solicitud de jueces y magistrados que busca que declare inconstitucional la reciente reforma constitucional en materia judicial, con fundamento en una ley secundaria. En circunstancias normales, esta cuestión no debería siquiera ser objeto de debate, pues los procedimientos para resolver esas cuestiones son claros y precisos. No obstante, hoy el país asiste a una polémica que, en esencia, debería ser inexistente, lo que exige hacer algunas reflexiones sobre el fondo del asunto. Veamos.
Primero. Diversos jueces y magistrados federales han solicitado al pleno de la SCJN que evalúe si el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 15 de septiembre, que contiene las reformas constitucionales en materia judicial, es compatible con los principios de independencia y autonomía judicial establecidos en el Artículo 11, fracción XVII de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación (LOPJF).
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