lunes, 9 de septiembre de 2024

INDEMNIZACIONES A JUECES Y PERMISO PARA QUE PUEDAN LITIGAR TRAS DEJAR EL CARGO: LOS CAMBIOS A LA REFORMA JUDICIAL

  • Los diputados aprueban algunas modificaciones que suavizan el proyecto de López Obrador, que este miércoles se vota en el Senado

Diputados del bloque oficialista votan durante la sesión legislativa del 4 de septiembre, en Ciudad de México. LUIS CORTES (REUTERS)

Zedryk Raziel - México - El País

La reforma al Poder Judicial propuesta por Andrés Manuel López Obrador está a poco de concretarse. Aprobada la semana pasada por la Cámara de Diputados, donde el bloque oficialista tiene una aplastante mayoría, toca al Senado discutirla y votarla el próximo miércoles. La piedra angular de la enmienda constitucional, y su punto más polémico, es que todos los jueces, magistrados y ministros de la Suprema Corte de Justicia sean electos por el voto directo de los ciudadanos en las urnas. Pero el proyecto incluye muchos otros cambios que implican la reorganización estructural más grande del Poder Judicial desde 1994, cuando el Gobierno de Ernesto Zedillo creó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y redujo el pleno del Supremo de 23 a 11 integrantes. La propuesta de López Obrador ha encontrado enormes resistencias entre los empleados judiciales y los juzgadores, que temen por sus derechos laborales. El bloque Morena-PT-PVEM en la Cámara de Diputados ha aprobado algunas modificaciones al proyecto original para suavizar los efectos negativos sobre los jueces que sean removidos con la entrada en vigor de la reforma.

La propuesta plantea una elección para 1.691 cargos de juez de distrito, magistrado de circuito y ministro de la Suprema Corte. Más de 11.000 candidatos podrán participar. La reforma propone que la renovación de la judicatura sea en dos elecciones, una en 2025 y otra en 2027. Todos los juzgadores que actualmente están en funciones pueden postularse como candidatos, ya sea para repetir en su puesto o para aspirar a uno de mayor jerarquía. También pueden renunciar al derecho a participar y retirarse. El proyecto original señalaba que quienes hayan ocupado el cargo de juez de distrito, magistrado de circuito y ministro de la Corte no podrían, dentro de los dos años siguientes a la fecha de su retiro, litigar casos como abogados o representantes ante el Poder Judicial. El bloque parlamentario oficialista suavizó esta prohibición, al menos para los exjueces y exmagistrados, quienes podrán litigar asuntos siempre y cuando no lo hagan en el distrito o circuito en el que estuvieron adscritos.

Ler más

No hay comentarios:

Publicar un comentario