- Las altas cortes, como la Suprema Corte, son las encargadas de impedir que el Poder Ejecutivo o el Legislativo incorporen de cualquier manera y con el alcance que deseen su voluntad en la Constitución, explica la constitucionalista Francisca Pou.
Por Rafael Croda
BOGOTÁ (Proceso).– La nueva reforma de “supremacía constitucional”, aprobada por Morena y aliados en el Congreso, la cual entró en vigor este 1 de noviembre último, no afecta las facultades de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para discutir este martes la constitucionalidad de la reforma judicial, asegura la jurista Francisca Pou.
La maestra y doctora en Derecho por la Universidad de Yale e investigadora de la UNAM y especialista en control de constitucionalidad explica a Proceso que el proyecto de sentencia del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, sobre la inconstitucional parcial de la reforma judicial, no quedó invalidado por la entrada en vigor de la “supremacía constitucional”.
La experta afirma que el artículo transitorio de la reforma de “supremacía constitucional”, aprobada a toda prisa por los legisladores de Morena y publicada por la presidenta Claudia Sheinbaum en el Diario Oficial de la Federación establece la retroactividad de esa norma para asuntos en trámite.
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