miércoles, 24 de abril de 2024

¿LA REFORMA QUE CREA EL FONDO DE PENSIONES PARA EL BIENESTAR AFECTA MI AFORE? AQUI LA RESPUESTA

  • Si tú o alguien de tu familia, incluso algún familiar que ya falleció, pudiera caer en el supuesto de tener una cuenta afore susceptible de ser transferida al Fondo de Pensiones para el Bienestar, haz esto. 
María De Las Nieves Lanzagorta| El Tiempo Es Oro - Forbes México

Foto: Freepik/kseniajoyg

Ante la enorme cantidad de preguntas que han surgido sobre la reciente iniciativa de ley para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar, quiero dejar en claro que el grupo de personas cuyas cuentas se transferirían a este fondo es muy pequeño.

Solo las cuentas que tengan todas y cada una de las siguientes cuatro características, serían susceptibles de transferirse:

Que el titular de la cuenta tenga más de 70 años (o 75 si es trabajador del ISSSTE).

Que no esté cotizando o haya cotizado al IMSS o ISSSTE en el último año.

Que no haya iniciado un trámite de pensión.

Que no haya retirado sus recursos de la Afore.

Ler más

No hay comentarios:

Publicar un comentario