- El proyecto de sentencia que será presentado ante los ministros de la Primera Sala de la Corte considera constitucional que se siga aplicando la prisión oficiosa a quienes cometan delitos relacionados con armas de uso exclusivo de las fuerzas armadas
Redacción AN / JOF
Por Juan Omar Fierro
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá a la Primera Sala del máximo tribunal reconocer la constitucionalidad de aplicar la prisión preventiva oficiosa para todos los delitos por la portación y posesión de armas de fuego y explosivos que están catalogadas como de uso exclusivo de las fuerzas armadas.
La Primera Sala de la Corte deberá resolver un proyecto de sentencia que reconoce la constitucionalidad del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), bajo el argumento de que la regulación de la prisión preventiva está permitida por el artículo 19 de la Constitución Mexicana.
El amparo en revisión 96/2022 fue presentado por un particular para impugnar la aplicación del artículo 167 del CNPP en su contra, argumentando que dicha norma es violatoria de diversos artículos y fracciones de la Convención Americana de Derechos Humanos; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Americana de los Derechos Humanos y la Declaración del Hombre y el Ciudadano.
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