- El IFT no podía ampliar la regulación en contra de la firma sin antes demostrar que habían fallado las medidas originales de compartición de infraestructura, afirma la Suprema Corte.
Referencias. El IFT había argumentado que existían varios países como Francia, España, Reino Unido, Irlanda y Suecia en los que conviven la compartición del Servicio de Coubicación y el Servicio de Emisión de Señal. (Shutterstock)
Édgar Sígler - Expansión
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio la razón a Grupo Televisa y le eximirá de cumplir con las medidas impuestas por el regulador del sector, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, que había ampliado las obligaciones de compartición de infraestructura.
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