martes, 24 de julio de 2018

EL INE Y LA CONJURA DE SANTA ANA

José Antonio Crespo - El Siglo de Torreón
¿En qué se fundamenta, según el INE, la multa a Morena? Cuando tras el sismo de 2017 varios partidos anunciaron que darían parte de su financiamiento para ayuda a los damnificados, el INE advirtió que ello estaba prohibido por la ley, y que en todo caso podrían renunciar a una parte de sus recursos para que éstos, a través de la Tesorería, fueran canalizados a los damnificados. Así lo hicieron varios partidos, pero Morena dijo, pese la advertencia, que haría las cosas a su manera, pues no confiaba en ninguna autoridad ni institución manejada por la mafia del poder. El artículo 209-5 de la Ley electoral (Legipe), especifica que la entrega de cualquier tipo de material "está estrictamente prohibida a los partidos, candidatos, sus equipos de campaña o cualquier persona (pues) se presumirá como indicio de presión al elector para obtener su voto".

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