Dario Ibarra - Pulso de San Luis
En la semana que termina un tema se hizo viral: la modificación administrativa de los requisitos para cotizar en el IMSS en el régimen de modalidad 40. En apretada síntesis, se trataba de un esquema enteramente legal que permitía a los trabajadores cotizar hasta por los últimos cinco años previos al recibimiento de la pensión con un salario superior al que históricamente venían cotizando, llegando a alcanzar el límite de veinticinco UMA, y así alcanzar una pensión muy superior a la que se obtendría con el sueldo histórico. La disposición legal da al traste con esta posibilidad y limita drásticamente el límite superior alcanzable. El tema dará mucho de qué hablar en los próximos meses. Nadie puede cuestionar la intención de sanear las finanzas del IMSS, pero los métodos no parecen ser, jurídicamente, los más adecuados.
La modalidad 40 es un instrumento enteramente legal. No se viola ninguna Ley. El mecanismo tiene sus barreras, principalmente económicas, pues definitivamente es muy caro cotizar con el sueldo al máximo. En 2026, cotizar en dicha modalidad cuesta alrededor de trece mil pesos mensuales y el monto crecerá en los próximos años, llegando a su límite en 2030. Un trabajador que cotiza con el sueldo mínimo no puede alcanzar por medios propios dicha modalidad. Es aquí donde las empresas financieras entran en juego.
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