jueves, 15 de diciembre de 2016

REGRESO A LOS CUARTELES "CUANDO LAS CONDICIONES DEL PAÍS ASÍ LO PERMITAN"

 Carlos Ramírez - Indicador Político

El debate legislativo sobre el marco jurídico para la operación de las fuerzas armadas en circunstancias de riesgo de la seguridad interior debe tomar en cuenta cuando menos tres situaciones:

1.- El presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, Luis Raúl González Pérez, acertó al situar el papel temporal y circunstancial de las fuerzas armadas: regresar a los cuarteles “cuando las condiciones del país así lo permitan”. Todos olvidan que las condiciones de hace diez años hablaban de un crimen organizado disputándole soberanía territorial al Estado nacional; Juárez en el siglo XIX no vaciló en usar la fuerza letal tipo Tribunal de la Acordada contra salteadores.

Las únicas condiciones que se necesitan para regresar a los militares a sus cuarteles son las que señalen que el Estado --gobiernos, partidos, sociedad-- retomó el control social del país.

2.- Una iniciativa de ley de seguridad interior para regular la actuación de las fuerzas armadas escaló a acusaciones de cuartelización, militarización y golpe de Estado. Pero el escenario es otro:

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