- La democracia no se salvará con artículos ingeniosos ni con sentencias aplaudidas, sino con instituciones que investiguen, prueben y sancionen a tiempo, antes de que la urna sea la última víctima.
Alberto Guerrero Baena - Expansión
El atajo que la Corte cerró
El 29 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la acción de inconstitucionalidad 96/2026 y sus acumuladas. El resultado fue una derrota para la reforma electoral de Chihuahua y, sobre todo, una radiografía incómoda de cómo México intenta defenderse del crimen sin tener con qué probarlo.
Conviene decirlo sin estridencias: la Corte tuvo razón en lo jurídico. Y el Estado mexicano, una vez más, quedó sin respuesta en lo esencial.
La norma local castigaba con la pérdida del registro, o su cancelación, a quien se beneficiara de manera directa de actos de violencia, coacción o financiamiento ilícito. El artículo 259 describía conductas amplísimas; el 268 imponía una sanción fija, automática, sin graduación posible.
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