Angelica Moreno - Periódico La Jornada
Una de las principales innovaciones del T-MEC en 2020 fue el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR). Una característica es que solo se aplica en México a trabajadores mexicanos, a exclusión del sector de agricultura. En pocas palabras, si en una instalación cubierta se niegan derechos de libertad sindical o negociación colectiva, el caso puede escalar hasta tener consecuencias comerciales. La implementación de este mecanismo se considera un paso hacia una agenda más progresiva en la región, pues las condiciones de trabajo en México dejaron de ser sólo un asunto interno y se volvieron parte de la integración económica de Norteamérica.
Desde la creación del TLCAN se incluyeron aspectos de derechos humanos, haciéndolo de los primeros tratados modernos en hacerlo. Ese cambio hizo espacio en la mesa para temas que durante años parecían ajenos al comercio, como el género. Canadá, de la mano de Chrystia Freeland y la agenda de política exterior feminista de Trudeau, intentó incluir un capítulo específico durante la negociación y no lo consiguió. En cambio, en el capítulo 23, el artículo 23.9 incorporó compromisos frente a la discriminación por sexo, embarazo, acoso sexual, responsabilidades de cuidado y discriminación salarial. El simple uso de estas palabras dentro del tratado representó una herramienta para las trabajadoras, principalmente en industrias de sectores prioritarios como lo son la industria automotriz, minería, manufactura, etc.
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