miércoles, 17 de diciembre de 2025

Buenas intenciones, malos resultados (1/3)

 Por: Arturo Damm Arnal - La Razón de México

Con relación a las leyes hay que hacer dos preguntas: ¿cuál es la intención del legislador?, ¿cuáles pueden ser las consecuencias de la ley una vez promulgada?, que no tienen que ser, por fuerza, ¡y afortunadamente!, las que pretende el legislador.

¿Por qué afirmo que, ¡afortunadamente!, las consecuencias de la ley no tienen que ser, forzosamente, las que pretende el legislador? Porque, si así fuera, éste sería capaz de predeterminar la conducta humana como lo considere más conveniente, eliminando la capacidad de autodeterminación de las personas, su libertad. Si bastara la promulgación de una ley para que todos tuvieran que obedecerla, cada uno sería un autómata en las manos del legislador. Dejaría de ser persona para degenerar en cosa.

Por fortuna no es así ya que, entre la promulgación de una ley, y su cumplimiento, está la libertad para decidir si la obedecemos o no. Y escribo por fortuna porque no todas las leyes deben cumplirse, lo cual nos lleva a esta otra pregunta: ¿qué condiciones deben darse para que una ley genere en la persona, en primer lugar, la obligación ética, asumida voluntariamente, por convicción, de cumplirla? Que sea justa.

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