El Tribunal Supremo ha declarado “abusivas” las cláusulas
suelo de las hipotecas de tres entidades financieras. La resolución supone un
varapalo para una práctica tan conflictiva como extendida. Consiste en fijar un
tipo mínimo de interés, que el deudor deberá pagar aunque el tipo de referencia
fijado en el contrato (normalmente el euríbor) esté por debajo. Estas cláusulas
son abusivas, según el Supremo, porque no son “comprensibles ni transparentes”
y porque convierten un préstamo, teóricamente “a interés variable”, en un
préstamo “a interés fijo, variable exclusivamente al alza”. La resolución
critica la forma en que los bancos las presentan, “entre una abrumadora
cantidad de datos” y con un “tratamiento secundario”, es decir, de letra
pequeña, cuando se trata de una condición central del préstamo.
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