Proyecto defectuoso de Ley aprobado en la Cámara de Diputados
Julio Boltvinik / La Jornada
El 14 de octubre, la Cámara de
Diputados (CdeD) aprobó el dictamen que expide el proyecto de decreto
de la Ley del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de
Desarrollo Social (Coneval), reglamentaria de la reforma constitucional
que le dio la autonomía al Coneval (apartado C del art. 26
constitucional, adicionado en febrero de 2014). El proyecto fue aprobado
en el pleno de la CdeD y enviada al Senado donde aún no se ha
dictaminado. Reflexiono sobre el tema e inicio la valoración del
proyecto de Ley. El art. 26 constitucional tiene tres apartados: el A
referido a la planeación del desarrollo; el B referido al sistema de
información estadística y geográfica y que otorgó la autonomía al Inegi;
y el C referido a la evaluación y al Coneval. Podría pensarse que
información, planeación y evaluación forman la triada necesaria para
promover el desarrollo del país. Pero mientras los apartados A y B se
refieren al desarrollo en su conjunto, el apartado C se refiere sólo al desarrollo social.
¿Por qué no se planteó una institución autónoma que evaluara la
política de desarrollo en su conjunto? ¿Por qué evaluar sólo el
desarrollo social? ¿Por qué no evaluar la política económica, la de
seguridad, la de comunicaciones, etc.? El único otro caso de organismo
constitucional autónomo para fines de evaluación es el INEE (Instituto
Nacional de Evaluación Educativa) según la fracción IX (adicionada en
febrero de 2012) del Art. 3° constitucional, que le otorga la autonomía y
lo faculta para
evaluar la calidad, el desempeño y resultados del sistema educativo nacional en la educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La Ley del INEE reglamenta dicha fracción. La educación es parte integral del desarrollo social, lo cual refuerza la pregunta: ¿por qué sólo lo social?
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