Carlos Ramírez - Indicador Político
La Secretaría de la Defensa Nacional anunció el 8 de septiembre que aplicara la Ley Nacional de Uso de la Fuerza contra personas –delincuentes y/o aliados– que ataquen a las fuerzas de seguridad. El boletín oficial fue el primer indicio de la participación legal de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública.
Pero el asunto va más allá: las fuerzas armadas en seguridad pública representan una nueva forma de actuación castrense, sólo que ahora apoyados en fundamentos constitucionales contenidos en el artículo Quinto Transitorio de la reforma que creó la Guardia Nacional. Hasta ahora las fuerzas armadas sólo apoyaban a policías en labores de seguridad pública en grado de seguridad interior, es decir, sólo cuando los delincuentes atentaban contra instituciones de Estado; a partir de esa reforma, los militares y marinos pueden realizar labores de seguridad publica en delitos de fuero común.
No hay comentarios:
Publicar un comentario