Intereses, a paso veloz
Ningunean la Constitución
Carlos Fernández-Vega - Periódico La Jornada
La Constitución establece que ningún empréstito podrá celebrarse sino para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, y para ello el Congreso, entre otras, tiene la facultad de aprobar la deuda solicitada por el Ejecutivo, pero también la responsabilidad de sancionar el incumplimiento del ordenamiento legal en la materia.
Sin embargo, ninguna de las partes involucradas (Ejecutivo y Legislativo) en el voluminoso cuan creciente endeudamiento público ha acatado el mandato constitucional (sin más, lo que se endeuda el primero lo legaliza el segundo, en un mero procedimiento político-burocrático), y a estas alturas tal débito roza 10 billones de pesos sin que, a cambio, produzca un incremento en los ingresos del Estado mexicano y mucho menos beneficios a los ciudadanos que, sin ser invitados, son lo que pagan por el festín.
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