- Con esta decisión, las y los ministros sientan jurisprudencias para todas las entidades del país; no asistió Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Redacción AN / GS
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró por primera vez en su historia que es inconstitucional la penalización del aborto voluntario, pues viola el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes.
Por unanimidad de diez votos -no estuvo el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo-, el Pleno de la Corte invalidó el artículo 196 del Código Penal de Coahuila que, al igual que muchos otros en el país, sanciona con uno a tres años de cárcel a la mujer que interrumpe voluntariamente su embarazo en cualquier momento de la gestación.
La resolución de este martes permitirá establecer una jurisprudencia por precedente, que emitirá próximamente la Suprema Corte y obligará a todos los jueces penales del país a no procesar a mujeres acusadas por alguna Fiscalía del delito de aborto voluntario. En su caso, procederá el juicio de amparo.
Al iniciarse la sesión, tras la aprobación del acta anterior, el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, explicó que en la lista de ministros para hacer uso de la palabra estaba anotado Pardo Rebolledo, pero “por razones de fuerza mayor” el ministro no pudo estar presente.

No hay comentarios:
Publicar un comentario