domingo, 15 de agosto de 2021

EL ÁRBITRO

En memoria de mi querido Chacho.

Luis Rubio - El Siglo de Torreón

La función de un árbitro en materia constitucional es la de resolver las diferencias entre los otros poderes públicos. En los últimos años, con un poder legislativo en control del poder ejecutivo, la única garantía de estabilidad política e institucional radica en la Suprema Corte de Justicia; pero ¿qué pasa cuando el árbitro renuncia a su responsabilidad constitucional y su presidente se subordina públicamente ante el presidente?

La reforma a la Corte de 1994 fue concebida justo para un momento como el actual. El objetivo era conferirle certeza al proceso de cambio político que comenzaba a cobrar forma con la modernización de la estructura del poder judicial. Muy en el estilo de la época, se dieron dos pasos hacia adelante y uno hacia atrás: por ejemplo, no hay ninguna Corte en el mundo democrático que requiera más de una mayoría simple para sus decisiones; en México se requieren ocho de los once votos. De la misma manera, se le confirió un enorme poder de control de los procesos internos al presidente de la Corte. Estos pecados de origen ponen de manifiesto, una vez más, la falta de visión de nuestros presidentes y su perenne compromiso con el statu quo, en aquel caso uno no muy democrático o encomiable. 

Ler más

No hay comentarios:

Publicar un comentario