martes, 4 de febrero de 2020

RESOLUCIÓN DE LA SUPREMA CORTE NO AFECTARÁ A LA GRAN MAYORÍA DE PENSIONADOS

  • Falsa alarma
  • El recorte sólo abarca a quienes interpusieron amparo

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▲ Integrantes de los órganos de administración desconcentrada del IMSS Foto José Antonio López
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▲ La jurisprudencia emitida recientemente por la Corte sobre las pensiones no representa un recorte para los jubilados del IMSS, aclaran expertos. Foto Cristina Rodríguez y María Luisa Severiano

Eduardo Murillo - Periódico La Jornada

Ningún jubilado por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que actualmente reciba una pensión por vejez, verá reducido su monto como resultado de la jurisprudencia emitida el pasado 24 de enero por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), debido a que la Constitución prohíbe dar efectos retroactivos a una norma en perjuicio de persona alguna.
Así lo aclararon fuentes de la SCJN, las cuales precisaron que dicha jurisprudencia, la 29256 emitida por la segunda sala, ni siquiera es novedosa, pues el mismo criterio se había ya establecido en la jurisprudencia 22380, de agosto de 2010; la 2002056, de octubre de 2012, y la 2021242, de diciembre del año pasado, entre otras.

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