Francisco Valdés Ugalde / El Universal
La vigésima Cumbre Iberoamericana reunida la semana pasada en Mar del Plata adoptó una resolución trascendente: incluyó en su ideario la democracia como un derecho fundamental y como una condición que deben cumplir todos los Estados miembros, de la península ibérica al río Bravo y hasta Tierra del Fuego.
En una declaración especial dedicada a “la defensa de la democracia y el orden constitucional en Iberoamérica”, los jefes y jefas de Estado (con las ausencias notables de los mandatarios de Cuba y Venezuela), refrendaron el compromiso de sus países con el Estado de derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Las tesis principales de la Declaración Especial son tres: 1. El “compromiso con la promoción, defensa y protección del Estado de derecho, del orden democrático, de la soberanía de los pueblos, de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluyendo entre otros el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona, el no sometimiento a torturas ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, el no ser arbitrariamente detenido, preso o desterrado, ni objeto ejecuciones sumarias y arbitrarias, de desapariciones forzadas, y la libertad de opinión y expresión”. 2. La creación de un mecanismo formal para que “cuando el gobierno constitucional de un Estado miembro considere que existe una amenaza de ruptura o alteración del orden democrático que lo afecte gravemente, podrá notificar la situación a la Secretaría Pro Tempore, la que se encargará […] de dar a conocer la situación a todos los Estados miembros, de forma que los mismos puedan decidir la adopción de acciones concretas concertadas de cooperación y el pronunciamiento de la comunidad iberoamericana para la defensa y preservación de su institucionalidad democrática”. Y 3. Que “en caso de ruptura del orden constitucional o del Estado de derecho, la Secretaría Pro Tempore, con apoyo de la Secretaría General Iberoamericana, convocará una reunión extraordinaria de ministros de Relaciones Exteriores de los Estados miembros, para que con plena participación del gobierno legítimo afectado y en forma ágil y oportuna, decidan por consenso...” realizar gestiones diplomáticas para contribuir a restablecer el orden democrático o suspender al Estado en el que la interrupción de aquél ocurra.
La importancia de esta resolución radica en que confirma la tendencia a consolidar compromisos políticos con derechos, garantías y sistemas democráticos de avanzada. La soberanía nacional queda, así, acotada al respeto al derecho a la democracia, a los derechos fundamentales (incluida la justicia social) y a los procedimientos del Estado de derecho. La democracia no puede ser escamoteada por mayorías o minorías. No está sujeta a regateos; es un derecho fundamental. Y es expresamente concebida como el derecho que establece un ordenamiento que va del ciudadano al gobernante en el que este último se debe al primero.
Un antecedente y marco fundamental de esta declaratoria es la Carta Democrática Interamericana emitida por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos en 2001. En ella se establece el derecho de los pueblos de las Américas a la democracia representativa que incluye como elementos esenciales: “…entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos”.
El siglo XXI político de las Américas comenzó signando este documento en un momento en que la democracia representativa se extendía por la abrumadora mayoría de sus países. La década se cierra con esta afortunada Declaración Especial de los Estados miembros de la Cumbre Iberoamericana.
No es poca cosa la obtención de esta cuasi-unanimidad de adhesión a la democracia representativa cuando, precisamente se reporta un incremento de la aceptación del sistema democrático como el mejor sistema político posible según la mayoría de los habitantes de América Latina. Así como la idea de revolución tuvo una fuerza inaudita en las década de los 60 y 70, hasta declinar bajo la convicción generalizada de que las revoluciones son más tragedia que adopción consciente de camino propio, la democracia ha reemplazado su lugar en el imaginario colectivo.
Es temprano para echar las campanas a vuelo. En la mayor parte del continente la democracia es una institución precaria, heterogénea y frecuentemente objeto de agresiones y violaciones caudillescas. Los derechos fundamentales están lejos de ser efectivamente realizados por sus titulares.
Pero la novedad es que son una parte insustituible de la canasta de bienes primos sin los cuales no se sostiene la edificación del Estado ni el progreso de los pueblos.
La vigésima Cumbre Iberoamericana reunida la semana pasada en Mar del Plata adoptó una resolución trascendente: incluyó en su ideario la democracia como un derecho fundamental y como una condición que deben cumplir todos los Estados miembros, de la península ibérica al río Bravo y hasta Tierra del Fuego.
En una declaración especial dedicada a “la defensa de la democracia y el orden constitucional en Iberoamérica”, los jefes y jefas de Estado (con las ausencias notables de los mandatarios de Cuba y Venezuela), refrendaron el compromiso de sus países con el Estado de derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales.
Las tesis principales de la Declaración Especial son tres: 1. El “compromiso con la promoción, defensa y protección del Estado de derecho, del orden democrático, de la soberanía de los pueblos, de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluyendo entre otros el derecho a la vida, la libertad y la seguridad de la persona, el no sometimiento a torturas ni penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, el no ser arbitrariamente detenido, preso o desterrado, ni objeto ejecuciones sumarias y arbitrarias, de desapariciones forzadas, y la libertad de opinión y expresión”. 2. La creación de un mecanismo formal para que “cuando el gobierno constitucional de un Estado miembro considere que existe una amenaza de ruptura o alteración del orden democrático que lo afecte gravemente, podrá notificar la situación a la Secretaría Pro Tempore, la que se encargará […] de dar a conocer la situación a todos los Estados miembros, de forma que los mismos puedan decidir la adopción de acciones concretas concertadas de cooperación y el pronunciamiento de la comunidad iberoamericana para la defensa y preservación de su institucionalidad democrática”. Y 3. Que “en caso de ruptura del orden constitucional o del Estado de derecho, la Secretaría Pro Tempore, con apoyo de la Secretaría General Iberoamericana, convocará una reunión extraordinaria de ministros de Relaciones Exteriores de los Estados miembros, para que con plena participación del gobierno legítimo afectado y en forma ágil y oportuna, decidan por consenso...” realizar gestiones diplomáticas para contribuir a restablecer el orden democrático o suspender al Estado en el que la interrupción de aquél ocurra.
La importancia de esta resolución radica en que confirma la tendencia a consolidar compromisos políticos con derechos, garantías y sistemas democráticos de avanzada. La soberanía nacional queda, así, acotada al respeto al derecho a la democracia, a los derechos fundamentales (incluida la justicia social) y a los procedimientos del Estado de derecho. La democracia no puede ser escamoteada por mayorías o minorías. No está sujeta a regateos; es un derecho fundamental. Y es expresamente concebida como el derecho que establece un ordenamiento que va del ciudadano al gobernante en el que este último se debe al primero.
Un antecedente y marco fundamental de esta declaratoria es la Carta Democrática Interamericana emitida por la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos en 2001. En ella se establece el derecho de los pueblos de las Américas a la democracia representativa que incluye como elementos esenciales: “…entre otros, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales; el acceso al poder y su ejercicio con sujeción al Estado de derecho; la celebración de elecciones periódicas, libres, justas y basadas en el sufragio universal y secreto como expresión de la soberanía del pueblo; el régimen plural de partidos y organizaciones políticas; y la separación e independencia de los poderes públicos”.
El siglo XXI político de las Américas comenzó signando este documento en un momento en que la democracia representativa se extendía por la abrumadora mayoría de sus países. La década se cierra con esta afortunada Declaración Especial de los Estados miembros de la Cumbre Iberoamericana.
No es poca cosa la obtención de esta cuasi-unanimidad de adhesión a la democracia representativa cuando, precisamente se reporta un incremento de la aceptación del sistema democrático como el mejor sistema político posible según la mayoría de los habitantes de América Latina. Así como la idea de revolución tuvo una fuerza inaudita en las década de los 60 y 70, hasta declinar bajo la convicción generalizada de que las revoluciones son más tragedia que adopción consciente de camino propio, la democracia ha reemplazado su lugar en el imaginario colectivo.
Es temprano para echar las campanas a vuelo. En la mayor parte del continente la democracia es una institución precaria, heterogénea y frecuentemente objeto de agresiones y violaciones caudillescas. Los derechos fundamentales están lejos de ser efectivamente realizados por sus titulares.
Pero la novedad es que son una parte insustituible de la canasta de bienes primos sin los cuales no se sostiene la edificación del Estado ni el progreso de los pueblos.
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