- La Segunda Sala de la SCJN resolvió que la Ley Minera no es inconstitucional por no prever una consulta previa a los pueblos
Guadalupe López Fuentes - Sin Embargo
La Segunda Sala de la SCJN resolvió que la Ley Minera no es inconstitucional por no prever una consulta previa a los pueblos indígenas, ya que la obligación de hacerlo está prevista en la Constitución, sin que sea necesario que cada ley lo tenga que prever o regular.
–Con información de Dulce Olvera
Ciudad de México, 13 de enero (SinEmbargo).– La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó el amparo al pueblo Maseual, de la Sierra Norte de Puebla, contra la Ley Minera y avaló por unanimidad su constitucionalidad, pese a los llamados que hicieron la Semarnat y el INPI.

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