Margarita Luna Ramos - El Universal
Entre los criterios que ha emitido recientemente la 2a. Sala de la Corte en materia de pensiones de los trabajadores al servicio del Estado (ISSSTE), aplicable también los que otorga el IMSS y otras legislaciones, destaca uno que confirma el derecho a reclamar la pensión es imprescriptible, pero aclara que lo que si prescribe, de acuerdo a la ley de la materia son las pensiones o incrementos dejados de cobrar. Un criterio importante para conocer nuestros derechos.
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